La nueva Orden TED/635/2026 define por primera vez qué actuaciones en hornos, calderas, quemadores y secaderos son elegibles para CAE. Tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024. Si tu empresa ejecutó mejoras de eficiencia en estos equipos, es posible que tengas un activo financiero esperando ser tramitado.
Hasta ahora, estos proyectos carecían de una vía clara
Si tu instalación industrial utiliza hornos, calderas, quemadores, secaderos o sistemas de recuperación de calor, probablemente ya conoces el problema: hasta ahora, la falta de fichas estandarizadas para estos equipos industriales generaba una "zona gris" normativa.
Esto provocaba que muchos proyectos fueran descartados por prudencia o quedaran paralizados ante la incertidumbre de si serían validados como ahorros computables.
Qué cambia
La Orden TED/635/2026 fija las reglas del juego
Alcance
Requisitos técnicos
Horizonte de ahorro
Tiene efectos desde el 1 de enero de 2024 y los ahorros resultantes son computables hasta el 31 de diciembre de 2030.
Seguridad jurídica
¿Por qué revisar tu cartera ahora?
Cada mes sin revisar tus proyectos es un activo sin convertir en ingreso
Si ejecutaste mejoras desde enero de 2024, esa inversión puede tener un valor económico directo. La carga documental requerida (auditoría, plan de ejecución, declaración responsable y justificación técnica) es exigente, lo que hace necesario empezar a construir el expediente cuanto antes.
Por qué con Bettergy
Bettergy opera como Sujeto Delegado dentro del sistema de Certificados de Ahorro Energético, según el listado oficial de MITECO. En expedientes como los que habilita la Orden TED/635/2026, el valor está en identificar qué proyectos encajan, ordenar la evidencia técnica y construir un expediente sólido frente al verificador y al gestor autonómico.
Bettergy revisa tu instalación, evalúa el encaje con los artículos 2 y 3 de la Orden, y estructura la documentación necesaria para tramitar el CAE con criterio técnico y normativo.